NUEVA YORK — Este lunes 24 de febrero entra en efecto la directriz de “carga pública”, que endurece los protocolos con los que se le puede negar la residencia permanente a los inmigrantes que hayan hecho uso de determinados programas de asistencia pública.
Los extranjeros afectados serán aquellos que han solicitado beneficios como Medicaid, cupones de alimentos y vales para vivienda durante más de 12 meses en un período de tres años.
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS, por sus siglas en inglés) estableció que le puede negar la "green card" a una persona si esta recibió “uno o más beneficios públicos designados” en este periodo establecido.
Más sobre la regla de la "carga pública"
El nuevo protocolo afecta a los extranjeros que buscan extender su estadía legal en el país o que buscan cambiar su estatus.
“La autosuficiencia ha sido un principio básico de la ley de inmigración de los Estados Unidos desde los primeros estatutos de inmigración de este país", se lee en el documento publicado por USCIS, al aclarar que la política migratoria establece que los inmigrantes "no podrán depender de los recursos públicos para satisfacer sus necesidades".
PULSA AQUÍ pare revisar el Manual actualizado de USCIS.
ILLINOIS YA NO ESTÁ EXENTO DE LA REGLA FINAL
El gobierno de Trump consiguió que la regla final de carga pública sea implementada en todo el país a partir del lunes 24 de febrero, incluyendo al estado de Illinois, donde un juez de instancia inferior vetó la medida. La cuatro jueces de liberales de la Corte Suprema, entre ellos Sonia Sotomayor, votaron en contra.
La decisión se adoptó con una votación 5-4, la misma que se impuso el pasado 27 de enero, cuando el máximo tribunal estadounidense aprobó que esta normativa, anunciada por el Ejecutivo en agosto de 2019, entre en vigor mientras se resuelven las apelaciones pendientes.
“Quizás lo más preocupante es que el comportamiento reciente de la Corte en las solicitudes de suspensión ha beneficiado a un litigante sobre todos los demás”, argumentó la magistrada Sotomayor.
“Me temo que esta disparidad en el tratamiento erosiona el proceso de toma de decisiones justo y equilibrado que esta Corte debe esforzarse por proteger”, añadió.
¿LA REGLA DE CARGA PÚBLICA APLICA AL PROCESO DE CIUDADANÍA?
No. Aquellos que ya son residentes permanentes pueden solicitar los beneficios públicos sin que eso afecte su proceso de ciudadanía. Los oficiales no evalúan este tipo de casos bajo la nueva regla. Los portadores de la tarjeta verde no deben preocuparse de que una solicitud de exención del pago afecte el caso de naturalización, puesto que son trámites independientes.
Asimismo, la norma no afecta a ciudadanos estadounidenses, incluso si estos están relacionados con extranjeros sujetos a la inadmisibilidad por carga pública.
Bajo la directriz, el DHS solo considerará los beneficios públicos recibidos directamente por el extranjero (solicitante) para su beneficio propio o donde el extranjero es un beneficiario, es decir, que no se considerarán los beneficios públicos recibidos en nombre de otro.
“La regla se aplica a los (extranjeros que) solicitan admisión (al país), los extranjeros que buscan ajustar su estatus como residente permanente legal dentro de los Estados Unidos, y los extranjeros dentro de los Estados Unidos que tienen una visa de no inmigrante y buscan extender su estadía en la misma clasificación de no inmigrantes o cambiar su estatus a una clasificación diferente de no inmigrante”, detalla el documento.
ENTONCES, ¿A QUIÉNES SÍ AFECTA?
Los parámetros de USCIS establecen que sus oficiales les negarían la residencia a los extranjeros que solicitaron los beneficios públicos para su manutención en el país, como las estampillas de comida y subsidios de vivienda, entre otros.
La agencia federal estima que unas 380,000 personas al año serían evaluadas bajo la nueva regla. Esta cifra no solo abarca a los extranjeros que solicitan la tarjeta verde, también incluye los proceso de extensión de visas de “no inmigrante”.
¿CUÁLES SON LOS PROGRAMAS DE AYUDA QUE LA REGLA CONSIDERA CARGA PÚBLICA?
✓ Asistencia financiera en efectivo cuantificable (cash assistance) otorgada por una entidad federal, estatal o local para el mantenimiento de ingresos, también conocida como "asistencia general".
✓ El programa Supplemental Security Income (SSI).
✓ Asistencia temporal para familias necesitadas (TANF).
✓ Programa de Asistencial de Nutrición Suplementaria (SNAP), también conocida como "food stamps" o “cupones de comida”.
✓ Programa de la Sección 8 de Vales para el Alquiler de Viviendas.
✓ Asistencia para la Vivienda Pública de la Sección 9 de la Ley de Vivienda de 1937.
✓ El Medicaid financiado por el gobierno federal, aunque ciertos casos están exentos.
¿Y LOS QUE NO CLASIFICAN COMO CARGA PÚBLICA?
✓ Ciertos programas de Medicaid, como la asistencia pública para vacunas y para pruebas y tratamiento de síntomas de enfermedades transmisibles, los servicios de las clínicas de salud, los servicios de rehabilitación a corto plazo, atención prenatal y los servicios médicos de emergencia.
✓ Asimismo, el Medicaid para menores de 21 años y mujeres embarazadas y el subsidio para personas de bajos ingresos Medicare Parte D.
✓ Affordable Care Act (ACA), conocido como Obamacare.
✓ Seguro Médico para Niños (CHIP).
✓ Programa Especial de Nutrición Suplementaria para Mujeres, Bebés y Niños (WIC).
✓ Programa Nacional de Almuerzo y Desayuno Escolar.
¿LA ADMISIBILIDAD SE BASA SOLO EN LA AUTOSUFICIENCIA ECONÓMICA?
No. Si bien la nueva regla requiere que los oficiales de USCIS evalúen con más profunda la autosuficiencia financiera de un inmigrante que solicita la tarjeta verde o una visa, la inadmisibilidad también será determinada por la totalidad de otras circunstancias. Es decir, los oficiales sopesarán si un inmigrante puede ser una carga para el Gobierno en función de edad, nivel de estudios, profesión, estado de salud, si el ciudadano que hace la petición tiene o no seguro médico y su situación financiera.
El gobierno también evaluará a familiares inmediatos y si existe una amenaza de que en el futuro cercano se convierta en carga pública temporal o permanente.
¿QUIÉNES ESTÁN EXENTOS?
El USCIS establece que la directriz no afectaría a “extranjeros de quienes el Congreso ha eximido a carga pública”. Quedan exentos, entonces, asilados, refugiados y las poblaciones vulnerables.
Este grupo de extranjeros se integra por refugiados, asilados, individuos a quienes se les otorgó alivio bajo la Ley de Ajuste Cubano (CAA), personas que reciben ayuda bajo la Ley de Ayuda de Nicaragua y Centroamérica (NACARA), personas recibieron alivio bajo la Ley de Equidad de Inmigración de Refugiados de Haití (HRIFA), a quienes solicitan una visa T o U, solicitantes de estado de protección temporal (TPS) y ciertos solicitantes bajo las disposiciones de la Ley LIFE.
También se otorgan disposiciones especiales en los casos de miembros de las Fuerzas Armadas y sus familias, hijos adoptivos y recepción de Medicaid en casos de menores de 21 años, mujeres embarazadas o hasta 60 días después de dar a luz.
De igual forma, hay excepciones “para ciertos servicios financiados por Medicaid bajo la Ley de Educación para Individuos con Discapacidades (IDEA) o en un entorno escolar”, se lee en el documento.
IMPORTANTE: La nueva directriz no afecta a personas que ya son ciudadanos por naturalización o que ya tienen el estatus de residente permanente, ya que la regla no tiene carácter retroactivo.
EN RESUMEN, EL GOBIERNO TOMARÁ EN CONSIDERACIÓN SI:
1.- El extranjero ha recibido subvenciones públicas o, incluso, si la ayuda le fue aprobada, aunque no la haya utilizado.
2.-La exoneración del pago de las tasas para los trámites migratorios también demostrarían que su situación financiera no es sólida.
3.-El historial crediticio. La norma requiere una puntuación similar o superior al del estadounidense promedio.
4.-El gobierno evaluará si el extranjero tiene la capacidad de solventar en el futuro una emergencia médica, para lo cual tomará en cuenta si dispone de un seguro médico privado.
5.-La educación y las habilidades profesionales. El dominio del inglés es uno de los elementos requeridos en este punto.